Descripción
Este riguroso estudio ofrece un análisis profundo y actualizado sobre el dolo eventual, una de las figuras más debatidas y controvertidas en la dogmática jurídico penal contemporánea.
A través de una perspectiva crítica y estructurada, el autor examina los fundamentos históricos, teóricos y normativos del dolo, contrastando las teorías de la representación y la voluntad, y abriendo el debate sobre la validez de su aplicación práctica en el derecho penal colombiano
Autor: Mario Salazar Marín
Editorial: Universidad de Medellín – Sello Editorial
Colección: Estudios Penales (Vol. 3)
Edición: 1ª, 2025
Formato: Tapa blanda | 68 páginas | 17 x 24 cm
ISBN impreso: 978-958-5180-82-6
ISBN digital: 978-958-5180-83-3
🧠 Contenido destacado:
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Historia y evolución del dolo eventual
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La normativización del dolo y su recepción en Colombia
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Diferencias entre dolo eventual y culpa con representación
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Análisis del aspecto subjetivo del delito
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Discusión sobre la pertinencia o erradicación del dolo eventual en el sistema penal
Este texto resulta indispensable para estudiantes de posgrado, docentes, litigantes y académicos que busquen una comprensión sólida y actual de la construcción teórica del dolo eventual desde una visión crítica y dialéctica.
Contenido del Libro
Presentación. ……………………………………………………………………………………. 9
I. LA HISTORIA DEL DOLO EVENTUAL………………………………………………17
II. VISIÓN GENERAL………………………………………………………………………. 21
III. RESPECTO DE LA NATURALEZA DEL DOLO: EL DERECHO
PENAL SE REFIERE A LAS TEORÍAS DE LA REPRESENTACIÓN
Y LA VOLUNTAD……………………………………………………………………………. 23
IV. LA NORMATIVIZACIÓN DEL DOLO……………………………………………… 25
V. LA TEORÍA DEL DOLO HA SIDO TRADICIONAL EN COLOMBIA……….. 29
VI. VISIÓN DIALÉCTICA: LA NORMA GENERAL Y LA NORMA
INDIVIDUAL SE ENTRELAZAN………………………………………………………… 33
VII. SOLUCIÓN DOGMÁTICA Y RESPETO A LA LEY……………………………. 35
VIII. ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA TEORÍA
DE LA REPRESENTACIÓN Y LA VOLUNTARISTA?………………………………. 39
IX. LA DIFERENCIA ENTRE EL DOLO EVENTUAL Y LA CULPA
CON REPRESENTACIÓN………………………………………………………………….. 41
X. EL ASPECTO SUBJETIVO DEL DELITO DEBE SIEMPRE
DEFENDERSE POR SEGURIDAD JURÍDICA. ……………………………………….. 45
XI. NO BASTA DESLINDAR TEÓRICAMENTE EL DOLO DIRECTO
Y EL DOLO EVENTUAL……………………………………………………………………. 49
XII. DEBE DISTINGUIRSE ENTRE LA POLÍTICA CRIMINAL
Y EL SISTEMA PENAL…………………………………………………………………….. 51
XIII. EL DOLO EVENTUAL ES UN EUFEMISMO………………………………….. 57
XIV. LA PROBABILIDAD ES EN ESENCIA POSIBILIDAD. ……………………… 59
XV. EL DOLO EVENTUAL DEBERÍA SER ERRADICADO
DE LA LEY PENAL………………………………………………………………………….. 63
BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………………. 65


