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Derecho a las visitas íntimas de las personas privadas de la libertad

Las autoridades penitenciarias deben garantizar las condiciones de las habitaciones destinadas para visitas íntimas. En concreto, estas normas disponen que el INPEC tiene a su cargo garantizar la higiene y salubridad dentro de los establecimientos de reclusión; mientras que a la USPEC le corresponde gestionar y suministrar los bienes, la infraestructura, y los servicios necesarios para el funcionamiento de los servicios penitenciarios, siendo su responsabilidad dotar de servicios higiénico-sanitarios a los establecimientos.

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6 de noviembre de 2023

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